Sobre caso Betssy Chávez: Oscar Schiappa «Perú no incurre en responsabilidad internacional si deniega salvoconducto».

ECL: Entérate con Lesly, conversó con Oscar Schiappa Pietra Cubas. sobre el caso del asilo diplomatico concedido por México.  El jurista sostiene que el asilo otorgado a Betssy Chávez es absolutamente improcedente,  no es una «perseguida política» sino que está siendo procesada por la comisión de delitos comunes.  Otorgar el salvoconducto representaría una clara violación del artículo 3 de la Convención sobre Asilo Diplomático , el cual prohíbe conceder asilo a personas que se encuentren inculpadas o procesadas por tribunales ordinarios competentes y por delitos comunes. También se infringiría el inciso segundo del Artículo 139 de la Constitución Política del Perú , que impide que cualquier funcionario interfiera con la acción de la justicia. Se cuestiona la urgencia para el asilo, sugiriendo que la única urgencia es la de la señora Chávez para sustraerse de la justicia nacional.

Perú no incurriría en ninguna responsabilidad internacional si se niega a otorgar el salvoconducto, ya que estaría actuando en estricto cumplimiento del Artículo Tercero de la Convención.  Algunos funcionarios de la  Cancillería peruana tienen  supuesta «lectura sesgada» de la Convención. Se menciona el caso de Nadine Heredia (asilo concedido por Brasil a una sentenciada) como un precedente mucho más grave, señalando que el excanciller Elmer Shaler incurrió en una infracción constitucional, y el actual canciller Hugo de Zela lo haría si concede el salvoconducto a Chávez. 

Contexto del Asilo y Delito Común

  • El jurista internacionalista, Óscar Schiappa Pietra Cubas, discute el caso de Betssy Chávez, mencionando que México ya concedió asilo a Lidia Paredes y Brasil a Nadín Heredia, todos investigados por el sistema judicial .
  • Schiappa Pietra sostiene que Chávez no es una perseguida política, sino que está siendo procesada por la Comisión de Delitos Comunes con posibles consecuencias políticas .
  • Califica el asilo otorgado por México como «absolutamente improcedente» y advierte que si Perú concede el salvoconducto, representaría una clara violación de la Convención sobre Asilo Diplomático y del artículo 139, inciso segundo, de la Constitución Política del Perú, que prohíbe la interferencia con la acción de la justicia .

Convención de Caracas y la Decisión Peruana

  • El jurista indica que la Convención de Caracas dice que el asilo se otorga en casos de urgencia, sugiriendo que la «urgencia» de la señora Chávez es «sustraerse de la justicia nacional» .
  • Afirma que si Perú niega el salvoconducto, no incurre en ninguna responsabilidad internacional , sino que procede en estricto cumplimiento del Artículo Tercero de la Convención sobre el Asilo Diplomático , que prohíbe conceder asilo a personas inculpadas o procesadas por tribunales ordinarios por delitos comunes .
  • Critica a funcionarios de Cancillería por una lectura «sesgada» de la Convención, centrándose solo en los artículos que dan derecho al estado asilante a conceder asilo y calificar el delito, ignorando el Artículo Tercero 
  • Sostiene que el excanciller Elmer Schaler incurrió en una infracción constitucional al conceder salvoconducto a Nadín Heredia, y el actual canciller Hugo de Zela incurriría en la misma si concede el salvoconducto a Chávez 

Implicaciones Diplomáticas y Judiciales

  • Schiappa Pietra Cubas acepta que Perú podría contrademandar a México ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por el uso indebido del asilo diplomático, y sugiere que Perú tome una decisión más firme, como no entregar el salvaconducto y posiblemente demandar a México .
  • Aclara que las relaciones con México ya estaban rotas a nivel de embajadores desde el asilo de Lidia Paredes . Señala la «absoluta inconsistencia» del gobierno peruano por no haber roto relaciones con Brasil en el caso de Nadín Heredia, a pesar de que ya existía una sentencia condenatoria firme .
  • Considera que la ruptura de relaciones con México es «totalmente inconsistente» y un «tremendo problema» para el próximo gobierno, abogando por el diálogo y la priorización de intereses superiores .
  • Al ser consultado sobre si se puede dialogar con un gobierno que parece apoyar a «golpistas», el jurista subraya el valor de la diplomacia para convivir en medio de las diferencias y afirma que hubiera sido más efectivo mantener la relación diplomática para expresar las protestas .
  • No cree que la situación llegue al nivel de la CIJ, citando la experiencia del caso Haya de la Torre, y aboga por una solución negociada con «cabeza fría».

El Precedente de Nadín Heredia

  • Reitera la gravedad del caso de Nadín Heredia, donde hubo una sentencia condenatoria, y atribuye la inacción peruana a la posible complicidad del primer gobierno de Lula da Silva con actos de corrupción y un posible «cálculo» de figuras políticas peruanas .
  • Concluye que el asilo express y el rápido salvoconducto en el caso de Brasil fue «todo un desastre» y que el excanciller Elmer Schaler tiene una infracción constitucional por la cual el Congreso no le ha pedido cuentas .

 

Sobre Redacción ECL

Portal de Información, entrevistas y transmisiones en vivo

Comments