
Jorge Baca señala que los gastos tributarios son ingresos fiscales que el Estado deja de recibir por la carga tributaria de un determinado grupo de contribuyentes y que no figuran en el presupuesto.
Son incentivos y beneficios que buscan alcanzar objetivos de política económica y social .
La OCDE y el FMI, señalan que la cuantificación y presentación de estos gastos es un requisito básico para la transparencia fiscal. Por ello, desde el año 2002 el Perú publica una estimación de los gastos tributarios, que los envía anualmente al Congreso.
La SUNAT calcula dos tipos de gastos tributarios: potenciales y de corto plazo. El primero mide los ingresos no recaudados por la aplicación de beneficios fiscales. El de corto plazo estima la recaudación adicional que se obtendría en el primer año en el que se elimina el beneficio. Es importante mencionar que el gasto tributario no es necesariamente la herramienta más eficiente para el logro de objetivos económicos y sociales. El Gráfico que adjuntamos presenta la evolución de los gastos tributarios potenciales como porcentaje del PBI para el periodo 2007—2004 según los datos de la SUNAT.
Advierte el Profesor Baca que, a pesar de que en promedio los gastos tributarios están alrededor del 2%, del PBI, la estimación de la SUNAT no considera los gastos tributarios generados por los regímenes tributarios simplificados: (i) Régimen Único Simplificad RUS;RES ; RE0 y .el Régimen Tributario MYPE (RMT).
¿Por qué la SUNAT no los incluye en su lista de gastos fiscales?
La SUNAT asume que los regímenes simplificados no son gastos tributarios porque forman parte del código tributario estándar. Sin embargo, los regímenes simplificados en la mayoría de los países de Latinoamérica se consideran gastos tributarios porque estos regímenes son desviaciones del sistema tributario estándar y, por lo tanto, cumplen con el requisito de lo que se considera un gasto fiscal.
Los países latinoamericanos han adoptado de regímenes de tributación simplificada basada en la renta presunta para abordar . Estos regímenes tienen como objetivo simplificar el cumplimiento, mejorar la recaudación de ingresos y apoyar el crecimiento económico. En principio el objetivo de estos regímenes es simplificar el cumplimiento tributario. Sin embargo esto no siempre ocurre. La diferencia entre la recaudación potencial estimada con base a la renta presunta y lo actualmente recaudado nos da una estimativa de los gastos tributarios asociados a estos regímenes.
¿Cómo estimar los gastos tributarios asociados a los regímenes tributarios simplificados en el Perú con un 2% de su PBI?
El Perú ha implementado varios regímenes tributarios simplificados diseñados para facilitar el cumplimiento tributario de las pequeñas empresas y microempresas. Estos regímenes incluyen el Régimen Único Simplificado (RUS), el Régimen Especial de Renta (RER) y el Régimen MYPE Tributario (RMT). Los métodos simplificados de cálculo de impuestos y las tasas impositivas reducidas dan como resultado menores ingresos fiscales generales en comparación con el régimen fiscal estándar. Por otro lado las exenciones al IGV y a las contribuciones sociales para el RUS dan lugar a una pérdida de ingresos que podrían haberse recaudado con el sistema fiscal estándar. Utilizando la información de Ingreso Mixto de las cuentas nacionales y la información de recaudación de la SUNAT para estos regímenes se puede estimar los gastos tributarios asociados a ellos.
Y el Profesor Baca presenta un gráfico de los gastos tributarios del régimen RUS para el periodo 2007 – 2023. Los gastos tributarios se han estimado para el IGV (en azul). Observamos que en el 2023 los gastos tributarios llegaron a 0.89% del PBI para el caso del IGV, 0.68% para la ONP y 0.47% para EsSalud. Por lo tanto el monto total de gastos tributarios asociados al RUS en el 2023 llegó a representar e. 2.05% del PBI. Es decir que los gastos tributarios asociados al RUS fueron similares al monto de gastos tributarios de todos los otros impuestos reportados por la SUNAT en 2023.
Los montos de gastos tributarios asociados al RUS son alarmantes y revelan la necesidad urgente de reformular los regímenes simplificados en el Perú. El régimen RUS no es un sistema simplificado de tributación, es más bien un sistema que fomenta la competencia desleal y la informalidad al no guardar relación con las tasas que pagan las empresas del régimen general como se hace en otros países de la región. En particular, se debería revisar las contribuciones a la ONP y EsSalud que no reciben coparticipación de los montos recaudados por el RUS. La cuota fija mensual asociada al RUS no solo es muy baja sino que no guarda relación al ingreso mínimo asociado a las contribuciones a la ONP y EsSalud.
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