En la Sentencia del Caso Moya Solís Vs. Perú, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado de Perú es responsable por la violación de las garantías judiciales (artículo 8), el principio de legalidad (artículo 9), los derechos políticos (artículo 23), y el derecho a la protección judicial (artículo 25), contenidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio de la señora Norka Moya Solís.
Nota de prensaResumen de la Sentencia
Texto completo de la sentencia
Fuente/ Corte IDH
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