San José, Costa Rica, 16 de agosto de 2021. – En la Sentencia del Caso Grijalva Bueno Vs. Ecuador, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado del Ecuador es responsable por la violación de las garantías judiciales (artículos 8.1, 8.2, 8.2.b), 8.2.c), y 8.2.f)), libertad de expresión (artículo 13.1) y protección judicial (artículos 25.1 y 25.2.c) consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio del señor Vicente Aníbal Grijalva Bueno, quien fue destituido de manera irregular de la Fuerza Naval del Ecuador en 1993, luego de haber denunciado torturas y desapariciones forzadas dentro de la esfera castrense. El Estado reconoció parcialmente su responsabilidad internacional respecto a las violaciones ocurridas en el proceso de destitución y por la falta de ejecución de la sentencia del Tribunal de Garantías Constitucionales. En su Sentencia, la Corte señaló que el Estado debe garantizar las condiciones fácticas para que los funcionarios públicos realicen denuncias de violaciones de derechos humanos libremente sin
que sean víctimas de amenazas, represalias u otros tipos de hostigamiento. En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación.
#Sentencia de la @CorteIDH en el Caso Grijalva Bueno Vs. Ecuador 🇪🇨: El Estado es responsable por la destitución arbitraria de un militar que denunció violaciones a los derechos humanos.
👩🏿💻Más información en Comunicado de Prensa 55/21:https://t.co/SfH6cdIbZg#ProtegiendoDerechos pic.twitter.com/xkZ25o82td
— Corte Interamericana de Derechos Humanos (@CorteIDH) August 16, 2021
Entérate Con Lesly Portal de información, entrevistas y transmisiones en vivo