Congreso de la República: Subcomisión de Acusación Constitucionales aprobó informe final de la Denuncia Constitucional N.° 290, que propone sanción de inhabilitación de 5 años para Martín Vizcarra Cornejo

Por unanimidad, con 14 votos a favor, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó el informe final de la Denuncia Constitucional N.° 290, que propone una sanción de inhabilitación para el ejercicio de la función pública por cinco (5) años para Martín Vizcarra Cornejo. Se trata de la denuncia presentada por la excongresista Yeni Vilcatoma de la Cruz, el 30 de enero de 2019, contra Vizcarra Cornejo cuando ejerció funciones de ministro de Transportes y Comunicaciones por la presunta infracción al artículo 126 de la Constitución al no haber renunciado a su condición de miembro del directorio y gerente de operaciones de la Empresa C y M Vizcarra SAC al asumir el cargo.

Cabe precisar que el 28 de febrero de 2019, Vilcatoma de la Cruz amplió la denuncia señalando que Vizcarra Cornejo también habría favorecido a la empresa Obrainsa mientras desempeñaba el referido cargo. La sustentación del informe de dicha denuncia constitucional estuvo a cargo del congresista Fernando Meléndez Celis (APP) en su condición de delegado. En las conclusiones aseveró que se ha demostrado que Vizcarra Cornejo ha cometido infracción constitucional al artículo 126, en cuanto a la prohibición de intervenir en la dirección o gestión de empresas y asociaciones privadas.

“No hay elementos suficientes para demostrar que Vizcarra Cornejo realizó acto alguno en favor de la empresa Obrainsa”, agregó el legislador. “Quiero dejar constancia que, si bien es cierto que hay falta de pruebas en este expediente para concluir un favorecimiento a la empresa Obrainsa, y una eventual sanción al señor Martín Vizcarra, ello no significa que esto no pueda investigarse y concluir en una futura sanción en el futuro”.

En la ampliación de la denuncia constitucional se incluye el hecho de “haber favorecido los intereses económicos de la empresa Obrainsa, los mismos que se han traducido en la adjudicación de una serie de obras (construcción de puentes), así como la construcción de kilómetros de carreteras; no obstante, su empresa C y M Vizcarra formó parte del Consorcio Colca junto a la empresa Obrainsa; incurrieron así en infracción constitucional al trasgredir el artículo 126 de la Constitución Política del Perú”.

Fuente / Congreso

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