Siempre es bueno recordar que tenemos instituciones que van generando precedentes, desde el 2003 y 2004 el Tribunal Constitucional estableció los límites a la reforma constitucional tanto materiales como formales, existiendo aspectos que no admiten cambio como son los conceptos fundacionales, los derechos humanos entre otros. El pueblo interviene ? Si cuando el Congreso lo decide por qué no obtuvo los votos para aprobar la reforma o, remite a referéndum la segunda votación de la misma
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ASUNTO
Acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados del Cusco contra la Ley N.° 27600.
Fuente/ Portal El Montonero
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