El TC finalmente resolvió el caso de la devolución de los aportes de la ONP. por unanimidad, declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por el Poder Ejecutivo contra la Ley 31083, que establece un régimen especial facultativo de devolución de los aportes para los aportantes activos e inactivos bajo el Decreto Ley 19990, administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
El Tribunal no encontró vicios de inconstitucionalidad formal en el procedimiento legislativo de dicha ley. Sin embargo, sí encontró vicios de inconstitucionalidad material en lo relacionado a la intangibilidad de los fondos de pensiones, la sostenibilidad financiera de las modificaciones a los regímenes pensionarios, la administración de la hacienda pública como competencia del Poder Ejecutivo y la prohibición de crear o aumentar gasto que tienen los congresistas, y el principio de equilibrio y estabilidad presupuestaria.
El Tribunal Constitucional (@TC_Peru) declaró por unanimidad inconstitucional la Ley N° 31083 que autoriza el retiro de aportes de los aportes pensionarios administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP) https://t.co/SKKTHUhwBJ pic.twitter.com/flBmgfOL0S
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) February 4, 2021
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