01 de julio de 2020
La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó en su décima sesión ordinaria y por mayoría (17 votos a favor, 6 en contra y una abstención) la eliminación total de la inmunidad parlamentaria mediante la modificación del artículo 93 de la Constitución Política del Estado. Con esa decisión, el mencionado artículo constitucional solo establece que “los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación”; y “no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones”.
Fue la bandera electoral de quienes postularon para la conformación de este Parlamento. Lamentablemente la pandemia COVID-19 nos jugó en contra debido a la restricción de la libertad de reunión en el marco de un estado de emergencia, hubiese sido muy fructífero para la democracia de nuestro país emprender debates ciudadanos, porque la inmunidad parlamentaria es parte de la institucionalidad del Parlamento. Nos preguntamos ¿Era necesario eliminarla o modificarla?. La Comisión de Constitución asumió ya una postura que será debatida en el pleno del congreso, la máxima instancia que decidirá si aprueba o no la eliminación de la inmunidad parlamentaria. !Cuanta falta hace una Bicameralidad de aquéllos tiempos! en la que propuestas como estas podrían pasar para un mejor estudio. Urge un retorno a la Bicameralidad pero con transparencia sin trampas y respetando la no reelección congresal.