ECL.-Mario Amoretti Pachas exdecano del CAL, señaló en relación a la liberación de Fujimori, que la sentencia del TC es correcta y que la Corte IDH pretendía ser una cuarta instancia al pedirle al Estado que se abstenga de ejecutar un fallo del TC que ordenaba la liberación de Alberto Fujimori. Esta decisión estaba expresada en una resolución no en una sentencia de la Corte, por lo que no es vinculante para el Estado, a demás ya el TC lo ha precisado.
Por otro lado, aseveró que la Corte IDH no tiene potestad para intervenir en las decisiones y/o facultades discrecionales de un Presidente de la Republica, no hay precedente alguno.
Eso es una intromisión en asuntos internos sentenció Finalmente recordó que Alberto Fujimori no es un condenado por delito de lesa humanidad sino por homicidio calificado y lesiones graves, y en una sentencia lo que manda es el fallo. Por más que la ejecutoria suprema haya insertado en su parte considerativa que los hechos de Barrios Altos constituyen delitos de lesa humanidad, el fallo no dice eso.
Una sentencia tiene tres partes: expositiva, considerativa y fallo, y aquí lo más importante es cómo se resolvió, es decir, la parte resolutiva (fallo). En mi opinión, no habría acción legal alguna que pretenda revertir el indulto porque ya es autoridad de cosa juzgada y porque la sentencia del TC es inapelable.