ECL.- Pedro Calvay abogado y docente universitario, especailizado en el Derecho Internaciona de los Derechos Humanos y litigante ante el SIDH, conversó con Entérate con Lesly, sobre la propuesta de amnistìa del Congreso de la Repùblica dirigida a miembrso de FFAA y miembros del Comité Autodefensas en la lucha contra el terrorismo. La Comisión de Constituciòn y Reglamento del Congreso aprobò con 15 votos a favor, 6 en contra y 3 abstenciones, el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 7549/2023-CR, que concede amnistía a miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y comités de autodefensa que participaron en la lucha contra el terrorismo entre los años 1980 y 2000. Por su parte, La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación un controvertido proyecto de ley que establece una amnistía para policías y militares procesados por delitos relacionados con la lucha contra el terrorismo durante el periodo 1980-2000. La medida, que beneficia a miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú (PNP) y Comités de Autodefensa, ha generado un intenso debate en el ámbito político y social.
En este contexto, La Corte IDH, en un comunicado oficial fechado 24 de julio de 2025, ordenó al Estado peruano ordena la suspensión de los efectos juridicos del proyecto de Ley 7549/2023-CR hasta que la Corte pueda reunir todos los elementos necesarios de la solictud de ampliación de las medidas provisionales en el marco de la supervisión de sentencia del caso Barrios Altos y la Cantuta.
La reacción del Estado peruano no se hizo esperar, y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante comunicado oficial, rechazó la disposición de la Corte IDH, considerando que la practica de dicha instancia contraviene el derecho internacional y su rol subsidario. ( se adjunta el comunicado oficial)
Pedro Calvay, señaló que resulta exraño que la Corte IDH se haya pronunciado sobre un proyecto de Ley, cuando aún no es Ley. Se comprende la decisión de la Corte IDH en relación a la cautela del fin que debe cumplir su propia sentencia y en el contexto de una fase de supervisión de sentencia sobre el caso de Bariios Altos y la Cantuta, en relaciòn al riesgo de impunidad. En principio, pronunciarse sobre algo que aún no está ccnretado, se tendría una lectura de que fue más allá de su rol complementario, pero reitero se debe tomar en cuenta el contexto. Por otro lado, tambien es preocupante, la decision del Estado peruano que viene adoptando un comportamiento sistematico de incumplimiento de sus obligaciones internacionales, pues de acuerdo con el articulo 27 de la Convención de Viena, un Estado no puede invocar su derecho interno para incumplir una obligación internacional. También en la entrevista se trataron temas relativos a la salida del SIDH.
Véase la entrevista completa.
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