Editorial: ¿Venezuela puede ser suspendida del Consejo de Derechos Humanos? . Contradicciones en la ONU

23 de octubre de 2019 

Diario Web Entérate Digital.Pe / Editorial (Lima, Perú) 

Directora: Abog. Lesly LLatas Ramírez

¿Venezuela puede ser suspendida del Consejo de Derechos Humanos? . Contradicciones en la ONU

El pasado jueves 17 de octubre el mundo de los derechos humanos sufrió varios colapsos sin precedentes al elegir a la República  Bolivariana de Venezuela como miembro del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, una victoria que se impuso nada menos que  sobre  el Estado de Costa Rica, en cuya sede funciona la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el  Instituto Interamericano de Derechos Humanos , un  Estado que sin duda cumplía a cabalidad con el perfil establecido en el punto 8 de la Resolución 60/51 ( A.RES.60.251._Sp(1)) de creación del Consejo de Derechos Humanos  2006, que señala:  8.-»  Decide que la participación en el Consejo estará abierta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas; al elegir a los miembros del Consejo, los Estados Miembros deberán tener en cuenta la contribución de los candidatos a la promoción y protección de los derechos humanos y las promesas y compromisos voluntarios que hayan hecho al respecto;la Asamblea General, por mayoría de dos tercios de los miembros presentes y votantes, podrá suspender los derechos inherentes a formar parte del Consejo de todo miembro de éste que cometa violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos»

¿Nos preguntamos qué pasó entonces?.

La elección de Venezuela como miembro del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha generado sin duda tensiones en las relaciones entre los Estados miembros de dicha organización internacional,cuya elección fue efectuada por los Estados que no solo  han pasado por alto el punto 8 de la Resolución de creación del Consejo sino que además, constituye una  «ofensa a los derechos humanos» y a los principios y propósitos de la Carta fundacional de las Naciones Unidas que es el de respetar los derechos humanos en el mundo. 

Los Estados que votaron por Venezuela, han hecho prevalecer  una conducta contraria al derecho internacional de lo derechos humanos cuya regulación justamente va en función a orientar y señalar el camino de cooperación y  de respeto, promoción y difusión de los derechos humanos en el mundo. Esta fotografía queda registrada como   una » delirante » contradicción en la que incurrió no solo aquellos  Estados que votaron sino también la propia Naciones Unidas, cuya responsabilidad en el tema deberá ser compartida.

¿Esta decisión de los Estados le resta legitimidad a la ONU?

Diríamos que se ha producido en la propia sede y seno de la ONU una violación a los derechos humanos en el mundo, con ésta elección que tanto los  Estados que emitieron su voto así como la propia organización de  Naciones Unidas, comenzando con el liderazgo de su  Secretario General, fueron responsables de haberse generado en el presente un cuestionamiento a la legitimidad de la ONU. Una organización Mundial que fue creada por los Estados después de la segunda  guerra mundial  para promover y respetar los derechos humanos en el mundo.¿Y ?

En materia de derechos humanos no deber haber contradicción alguna cuando se trata de hacer prevalecer un principio básico y universal  que es el respeto a los derechos humanos y una obligación internacional para los Estados que es el de cumplir y garantizar su protección. 

Los derechos humanos no se pasan por alto, Señores de las ONU, Señores Estados. 

 Contradicciones terribles en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.-

Los  dos períodos de sesiones  correspondientes al 41 que se inició  del 24 de junio al 27 de julio  y el 42 que se inició del 09  al 27 de septiembre de 2019, fueron  claves por la naturalezas de los tema que fueron aprobados en materia de derechos humanos, entre lo que figura el Informe denominado «Bachellet» que no es otra cosa que el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Michelle Bachellet respecto de la situación de los derechos humanos en la República  Bolivariana de  Venezuela, presentado en el marco del 41 período de sesiones y aprobado en el 42 período de sesiones, en la que el Consejo de Derechos Humanos representado por 47 Estados miembros, acogió con BENEPLÁCITO  LO SIGUIENTE: 

Acogiendo con beneplácito la misión técnica que llevó a cabo la Oficina del Alto Comisionado en la República Bolivariana de Venezuela del 11 al 22 de marzo de 2019, Acogiendo con beneplácito también la visita de la Alta Comisionada a la República Bolivariana de Venezuela, que tuvo lugar del 19 al 21 de junio de 2019, y los compromisos acordados con el Gobierno para mejorar la situación de los derechos humanos en el país,

Observando con satisfacción la presencia de funcionarios de la Oficina del Alto Comisionado en la República Bolivariana de Venezuela,

Acogiendo con beneplácito el memorando de entendimiento firmado el 20 de septiembre de 2019 entre la Alta Comisionada y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela sobre el desarrollo de la cooperación y la asistencia técnica en la esfera de los derechos humanos mediante la presencia permanente de la Oficina del Alto Comisionado en la República Bolivariana de Venezuela y el cumplimiento pleno de su mandato, de conformidad con la resolución 48/141 de la Asamblea General, de 20 de diciembre de 1993,

Teniendo plenamente en cuenta las recomendaciones que figuran en el informe de la Alta Comisionada que se presentó al Consejo de Derechos Humanos en su 41er período de sesiones,

Afirmando su profunda convicción de que, para lograr una solución pacífica, democrática y constitucional a la situación actual de la República Bolivariana de Venezuela, es necesario que la propia población del país la busque, sin ninguna injerencia militar, de fuerzas de seguridad o de servicios de inteligencia extranjeros, y, a este respecto, apoyando todas las iniciativas diplomáticas pertinentes, entre ellas las gestiones de mediación de Noruega y la labor del Grupo de Contacto Internacional y del Mecanismo de Montevideo, que tienen por objeto fomentar las negociaciones y el diálogo político entre el Gobierno y la oposición a fin de alcanzar una solución pacífica, democrática y constitucional en la República Bolivariana de Venezuela,

Reconociendo la voluntad política mostrada por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela de cooperar con la Alta Comisionada y la Oficina del Alto Comisionado, Tomando en consideración el hecho de que la Alta Comisionada reiteró su disposición a seguir prestando la cooperación técnica y el apoyo necesarios a la República Bolivariana de Venezuela, en particular a las instituciones y a las víctimas, e informando sobre la situación, 

Acoge con beneplácito el informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, y exhorta al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a que aplique íntegramente las recomendaciones que figuran en él; .

Acoge con beneplácito también los compromisos contraídos al término de la visita de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a la República Bolivariana de Venezuela de atender las preocupaciones relativas a la situación de los derechos humanos en el país, y exhorta al Gobierno a que los cumpla plenamente y a que siga colaborando con la Oficina del Alto Comisionado;

Acoge con beneplácito además la presencia permanente de la Oficina del Alto Comisionado en la República Bolivariana de Venezuela en los términos establecidos en el memorando de entendimiento firmado el 20 de septiembre de 2019, incluido el acceso ilimitado a todas las regiones y centros de detención, y el fortalecimiento del sistema judicial y los mecanismos institucionales para la protección de los derechos humanos existentes en la República Bolivariana de Venezuela;

Exhorta a las autoridades venezolanas a que colaboren con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos en el desempeño de sus respectivos mandatos y a que cursen una invitación a los titulares de mandatos, según lo acordado con la Oficina del Alto Comisionado;

Acoge con beneplácito los esfuerzos de la República Bolivariana de Venezuela por aplicar las recomendaciones aceptadas durante el segundo ciclo del examen periódico universal, y alienta al Estado a que siga colaborando con el mecanismo;

Acoge con beneplácito también la decisión del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela de autorizar gradualmente que las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales pertinentes presten asistencia humanitaria;

Acoge con beneplácito además el Plan de Respuesta Humanitaria de las Naciones Unidas para la República Bolivariana de Venezuela, que se presentó en agosto de 2019, solicita a los Gobiernos que faciliten su ejecución y exhorta a la comunidad internacional, los Estados y los organismos de las Naciones Unidas a que apoyen esta importante iniciativa;

Con esta resolución adoptada por el Consejo de Derechos Humanos de las ONU, todo parecería indicar que habría en Venezuela una situación bajo control y luces de diálogo con el pueblo de  Venezuela, cuando tenemos un presidente interino elegido por la Oposición y reconocido  por la mayoría de los Estados en el mundo, incluyendo a la propia ONU. No estamos desmereciendo el  Informe Bachelett y sus esfuerzos que sin duda los hay y bien reconocidos, sino a la falta de pertinencia y contradicción en la que incurre el propio funcionamiento del Consejo de Derechos Humanos representado por 47 Estados miembros. DESCARGA EL ARCHIVO CDHH COOPERACIÓN VENEZUELA

Ahora, pasamos a ver la segunda resolución del Consejo de Derechos Humanos que fue la detonante  y comprobada  fata de coherencia y lógica, nos estamos refiriendo que una vez aprobada esta resolución, que más parecía una «felicitación al  Estado de Venezuela»   días después en el marco del mismo periodo de sesiones  en la que se aprobó el informe Bachellet y se acoge con  beneplácito los esfuerzo  «dizque» por el  Estado de Venezuela, vino otra resolución en la que  se establece UNA MISIÓN INTERNACIONAL  INDEPENDIENTE  PARA INVESTIGAR  LAS EJECUCIONES EXTRAJUDICIALES , LAS DESAPARICIONES FORZADAS, ARBITRARIAS  y LAS TORTURAS , OTROS TRATOS CRUELES INHUMANOS, DEGRADANTES  COMETIDAS DESDE 2014 con miras a asegurar la plena rendición de cuentas  y la justicia para las víctimas y se solicita a la emisión  que presente un informe con sus conclusiones  al Consejo de Derechos Humanos para el 45 período de sesiones. ¿En qué quedamos entonces? 

DESCARGA EL ARCHIVO/ CDH MISIÓN INTERNACIONAL EN VENEZUELA

¿Puede Venezuela ser suspendida del Consejo de Derechos Humanos? 

Independientemente de la elección que haya dado a  nivel de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el pasado jueves 17  de octubre , el Consejo de Derechos Humanos sí tiene facultades para suspender a un Estado miembro. Así lo señala el  punto 8 de  la Resolución 60/251 de su creación:

8.-»  Decide que la participación en el Consejo estará abierta a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas; al elegir a los miembros del Consejo, los Estados Miembros deberán tener en cuenta la contribución de los candidatos a la promoción y protección de los derechos humanos y las promesas y compromisos voluntarios que hayan hecho al respecto; la Asamblea General, por mayoría de dos tercios de los miembros presentes y votantes, podrá suspender los derechos inherentes a formar parte del Consejo de todo miembro de éste que cometa violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos»

Para que un Estado pueda ser suspendido del Consejo de Derechos Humanos, tiene que ser elegido primero, y eso ya se dio en el caso de Venezuela, fue elegido el pasado jueves 17 de octubre y asume funciones a partir del 01 de enero de 2020 en reemplazo de Cuba. Entonces bien los Estados pueden promover en adelante un pedido de suspensión y no creemos que sea difícil probar lo que viene sucediendo en dicho Estado, sobre todo cuando del propio informe de la Alta  Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos se tiene por señalado  graves violaciones de derechos humanos tan es así que se ha conformado una Comisión Internacional para investigarlos.

Ahora  bien, al parecer no es impedimento para un Estado tener una comisión investigadora en su contra y ser miembro  del Consejo.

Hay un precedente que fue la suspensión de  Libia del Consejo de Derechos Humanos  por  violaciones cometidas por el régimen de Muammar Gaddafi, el 01 de marzo de 2011. Libia posteriormente retornó al Consejo pero con compromisos y obligaciones de cumplimiento que le impuso el Consejo y solo a solicitud de éste puede proponerlo a la Asamblea General de la ONU, el  retorno al Consejo como así se sucedió.

¿Debemos cambiar el procedimiento de elección ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU? 

Creemos que es  lo primero que tendrían que  hacer los  Estados miembros en el próximo período de sesiones, un Estado que no tenga un buen récord en derechos humanos en definitiva no deberá integrar el Consejo de Derechos Humanos y mas aún cuando se tiene denuncias internacionales, y comisiones investigadoras en su contra. Creemos que esto urge plantearlo y luego ver  una propuesta de suspensión al Estado de Venezuela del Consejo de Derechos Humanos.

Sí el Consejo de Derechos Humanos y la ONU en sí a modo de seguir siendo la organización planetaria de que promuevan los derechos humanos tendrían que enmendar los errores cometidos por los Estados. El  liderazgo ejercido por el Secretario General de la ONU es primordial.

 

Sobre Redacción ECL

Portal de Información, entrevistas y transmisiones en vivo

Comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *