Con la destitución de José Jerí Oré como presidente del Perú suman 7 presidentes desde el año 2016-2026 y, cabe recordar que fue a partir del quinquenio 2016 bajo la presidencia de Pedro Pablo Kuczynski, cuando se inicia la sucesión de vacancias presidenciales que ha dado lugar, a una verdadera inestabilidad política y retrocesos en la gestión del Estado. Pedro Pablo Kuczynski, no fue vacado, pero sí afrontó una primera vacancia pero posteriormente renunció ante una inminente segunda vacancia. Es en este escenario que asume Vizcarra como presidente de la República por sucesión presidencial, dado que era el primer vicepresidente de la República. Mercedes Araoz, segunda vicepresidenta renunció a este cargo. Vizcarra fue vacado y lo sucedió Manuel Merino en su calidad de presidente del Congreso por mandato constitucional y al no haber vicepresidentes de la República.
Manuel Merino renunció al cargo de presidente de la República y se declara la vacancia de la Presidencia de la República por el Congreso. Acto seguido, Sagasti fue elegido presidente del Congreso y en su condición de tal, asume la presidencia del Congreso. Entonces, durante el quinquenio 2016-2021, tuvimos 4 presidentes.
Durante el quinquenio 2021-2026 que se inicia con la presidencia de Pedro Castillo, éste fue vacado por cometer un delito flagrante: un golpe de estado aunque fallido. Lo sucede en el cargo, Dina Boluarte bajo la figura de la sucesión presidencial en su condición de única vicepresidenta de la República, toda vez que el primer vicepresidente Wladimir Cerrón estaba legalmente inhabilitado. Posteriormente, Dina Boluarte fue vacada por el Congreso. Ante este escenario, y al no haber vicepresidentes de la República, se aplica la figura establecida la Constitución: El congreso elige a José Jerí en su condición de presidente del Congreso para asumir la presidencia de la República. Jerí hoy fue censurado, no vacado, en su condición de presidente del Congreso, y al cesar en este cargo, se produce el cese de sus funciones como presidente de la República. Esperamos al cuarto presidente dentro de un mismo quinquenio y que sumaría 8 presidentes en los últimos 10 años 2016-2026
La recurrencia a mecanismos de control parlamentario como la vacancia y hoy la censura es lo que nos deja el unicameralismo, que felizmente llegaría a su final después de 33 años de aplicación, puesto que a partir de julio de 2026, retornaría históricamente el sistema bicameral.
La censura al expresidente José Jerí Oré deja abierta una enorme discusión jurídica como lo ha sido en el pasado la denegación fáctica de la cuestión de confianza que motivó el cierre del Congreso por parte del expresidente Vizcarra hoy sentenciado.
Distintas interpretaciones constitucionales han considerado que se debió optar por una vacancia y no censura. porque la función que realizó Jerí fue de la ser Presidente de la República.
Es preciso recordar que la vacancia requiere mayoría calificada no menor a los 2/3 del número legal de miembros del Congreso (86 votos) la cual hubiese sido muy difícil de obtener. La censura requiere más de la mitad del número legal de congresistas, con 66 votos como mínimo, en este caso, Jerí tuvo 75 votos a favor de su censura.
No obstante ello, Jerí regresará al Congreso porque su condición de congresista no fue afectada sino la de presidente del Congreso y el cese automático en la Presidencia de la República.
El Congreso de la República, en su sesión extraordinaria conducida por el presidente encargado del Legislativo, Fernando Rospigliosi Capurrro, así reza la nota de prensa del Congreso, propuso acumular las siete mociones de orden del día por tratarse de similar materia, y procesarlas en conjunto. Con 75 votos a favor, 24 en contra y 3 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó las siete mociones de Orden del Día que planteaban la censura de José Jerí Oré en su calidad de presidente de la Mesa Directiva del Parlamento y encargado de la Presidencia de la República.
La Constitución no señala supuesto alguno de encargatura de presidencia de la República, sino de sucesión presidencial y mandato constitucional. Entonces, queda un desafío por delante planteado al Sistema Bicameral, dar una ley de interpretación o desarrollo constitucional como se hizo con la cuestión de confianza.
Una urgente necesidad para no seguir debilitando la institucionalidad e investidura del presidente de la República, independientemente de quien lo ejerza. Pues no es expresión de democracia y estado de derecho que en un país, se pueda vacarse o censurarse sin al menos tener una consolidada interpretación constitucional acorde con la armonización de la propia Constitución, jurisprudencia del TC y jurisprudencia constitucional comparada sobre los supuestos a debatirse.
En resumen:
- Ley de Desarrollo Constitucional: Precisar que, una vez que el Presidente del Congreso asume la Presidencia de la República por mandato constitucional, su estatus jurídico debería blindarse de los vaivenes de una censura parlamentaria ordinaria.
- Equilibrio de Poderes: La existencia de un Senado podría actuar como una cámara de reflexión que evite que decisiones de tal magnitud se tomen bajo pasiones políticas inmediatas o «votos relámpagos».
- Claridad en la «Encargatura»: se necesita definir si el Presidente del Congreso en funciones de Jefe de Estado es un «encargado» o un sucesor pleno con las prerrogativas que ello implica.
La decisión está tomada y queda respetarla aun cuando quedan abiertas interpretaciones constitucionales que lamentablemente no alcanzan a dar una salida para estos escenarios. La decisión fue y es eminentemente política. La falta de claridad en el Reglamento del Congreso y en la propia Constitución permite que figuras como la «censura» terminen deponiendo a un Jefe de Estado.
La transición de la vacancia a la censura para remover a quien ostenta la máxima magistratura es una discusión jurídica abierta y peligrosa. Lo que estamos viviendo es el agotamiento de un modelo de control parlamentario que se deformó. La «decisión eminentemente política” ha terminado canibalizando la gestión pública. El costo no es solo el nombre del presidente de turno, sino la parálisis de los proyectos de inversión, la inseguridad y la falta de políticas de Estado a largo plazo, son las consecuencias de una arquitectura constitucional polarizada
¿Qué estaremos pagando los peruanos para merecer un karma político que aún no puede ser transmutado? Un karma político que resuena en el sentimiento de muchos peruanos que ven cómo la interpretación de la Constitución se ha convertido en una herramienta de esgrima política más que en un marco de convivencia socio político.
Mag. Lesly LLatas Ramírez
Directora del Portal Entérate con Lesly
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