En Agosto de 2022 se emitió el Informe de Admisibilidad por la Comisión Interamericana, en la Petición de Florindo Eleuterio Flores Hala, más conocido como “Camarada Artemio” líder de Sendero Luminoso. En el Punto 19 la CIDH señala: el objeto principal de la presente petición es cuestionar la condena penal a cadena perpetua por los delitos de terrorismo agravado y tráfico ilícito de drogas.
Sobre la caracterización de los hechos alegados la CIDH expresa que debe realizar una evaluación para determinar si la petición establece el fundamente de la petición, lo cual constituye un análisis primario para establecer si los hechos alegados pueden caracterizar una violación de derechos o, si la petición es manifiestamente infundada o, es evidente su total Improcedencia.
Y agrega que, la Comisión Interamericana ya ha resuelto peticiones contra el Estado peruano, en las que se cuestiona la aplicación de la legislación penal antiterrorista, al considerarse que esta no resulta acorde al Art. 9 de la Convención. Siguiendo con esos precedentes, considera que corresponde que los cuestionamientos al DL 25475 sean analizados en etapa de fondo.
Es decir, plantea analizar desde el punto de vista convencional la validez de los Juzgamientos por terrorismo, que ya han sido considerados convencionales por la Corte Interamericana en sentencias dictadas con anterioridad.
Fuente: El Montonero.