Con amplia mayoría el Pleno del Congreso aprobó insistir en el texto original de la autógrafa que fuera observada por el Poder Ejecutivo, que propone la ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú, con 79 votos a favor, 43 en contra y 3 abstenciones
De esta manera, la iniciativa establece, en su único artículo, “que la facultad que tiene un ministro y la del presidente del Consejo de Ministros a nombre del consejo, de plantear una cuestión de confianza conforme al último párrafo del artículo 132 y al artículo 133 de la Constitución Política del Perú, está referida a materias de competencia del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de su política general de Gobierno; no encontrándose, entre ellos, las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos”.
Además, en su disposición complementaria final, señala que “la cuestión de confianza es aprobada o rehusada luego de concluido el debate y luego de realizada la votación conforme al Reglamento del Congreso. El resultado de la votación es comunicado expresamente al Poder Ejecutivo, mediante oficio, para que surta efecto. Solo el Congreso de la República puede interpretar el sentido de la votación”.
Fuente/ Congreso
El Congreso de la República reafirma su compromiso con la Democracia, el Estado de Derecho, el equilibrio de poderes y la defensa del fuero parlamentario. Hoy aprobamos con amplia mayoría la insistencia sobre la ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza.
— Maricarmen Alva (@MaricarmenAlvaP) October 20, 2021
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