Tras una denuncia difundida por un medio periodístico, la oficina de la Defensoría del Pueblo en La Libertad rechazó tajantemente el actuar de la ronda campesina del anexo de Carhuacocha, en el distrito de Chilia, contra dos mujeres adultas mayores. De las imágenes propaladas se aprecia que la ronda habría colgado de un pie a una de ellas, así como realizado otras acciones degradantes, afectando gravemente la dignidad, integridad física y salud de ambas.
Al respecto, la institución viene realizando gestiones urgentes dirigidas a logar la liberación de las dos mujeres adultas mayores, quienes bajo la acusación de realizar prácticas de brujería, se encuentran retenidas desde el 29 de junio, por la ronda campesina, quienes han señalado que las pondrán en libertad el próximo lunes tras cumplir con la sanción impuesta.
En esa línea, la Oficina Defensorial de La Libertad Aceptarse comunicó con la ronda de Chilia, quienes informaron que la población se habría reunido y decidido por mayoría no liberar a las dos mujeres retenidas, a pesar de la exhortación realizada para que dejen sin efecto el castigo. De igual modo, se solicitó al presidente de la Central Única de Rondas Campesinas de La Libertad adoptar las acciones urgentes para que, en el marco de su rol de representatividad, coordine e intervenga en la actuación de la referida ronda campesina para liberar a la brevedad a las mujeres retenidas, considerando las graves vulneraciones a sus derechos fundamentales.
Asimismo, el 6 de julio último, la Defensoría del Pueblo solicitó al jefe de la III Macro Región Policial disponer la intervención inmediata del personal policial en la zona, a fin de garantizar la libertad e integridad de las ciudadanas de iniciales O. C. C. e I. C. C. Asimismo, se requirió a la presidenta de la Junta de Fiscales de La Libertad disponer las acciones inmediatas para contribuir con su liberación.
Cabe señalar que, a pedido de los familiares de una de las agraviadas, la Defensoría del Pueblo intervino en el trámite para la interposición de una demanda de habeas corpus, a efectos de que sea debidamente diligenciada por el Juzgado Mixto de Tayabamba. Además, se solicitó a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad disponer las acciones inmediatas para su atención conforme a la normatividad procesal constitucional.
En ese marco, la institución exhorta a la Policía Nacional del Perú y al Poder Judicial a realizar los máximos esfuerzos para lograr con carácter de urgencia la liberación de las mujeres agraviadas. Asimismo, hace un llamado al Ministerio Público para una investigación diligente de estos hechos, a fin de determinar las responsabilidades y sanciones penales que correspondan y cautelar los derechos de la población.
La Defensoría del Pueblo recuerda que está proscrito todo acto de tortura y actos de violencia que afecten la dignidad, la integridad y la vida de las personas. Del mismo modo, señala que si bien, de acuerdo a la Ley n.º 27908, las rondas campesinas “apoyan el ejercicio de funciones jurisdiccionales de las comunidades, colaboran en la solución de conflictos, así como realiza funciones relativas a la seguridad y a la paz comunal dentro de su ámbito territorial”, estas actuaciones deben realizarse en estricto respeto a los derechos fundamentales de las personas, a la luz del artículo 149 de la Constitución Política y los alcances del protocolo de Estambul, aprobado por la ONU.
En esa línea, se exhorta enérgicamente a las y los integrantes de las rondas campesinas que enmarquen su actuación dentro de los límites establecidos por la Constitución y las leyes y, de manera inmediata, realicen la liberación de las mujeres agredidas.