17 de enero de 2020
De acuerdo con el texto de la resolución que nos hicieron llegar a nuestra redacción, se trata de un proceso de amparo interpuesto por un abogado que postuló a la Junta de Vigilancia del CAL, en las pasadas elecciones del 30 de noviembre, el Dr. José Fuentes Díaz, quien en su petitorio ha solicitado que se deje sin efecto la nulidad de las elecciones del 30 de noviembre y en consecuencia se aplique el acta de resultados de miembros electos de la Junta de Vigilancia para periodo 2020-2021, pues el demandante alega que obtuvo la segunda más alta votación y que sus derechos fueron conculcados.
Lo cierto es que la elecciones generales realizadas el pasado 30 de noviembre, no ofrecieron las garantía de transparencia, no se contó con la presencia de la ONPE, además de los bochornosos incidentes del cual fueron objeto los propios abogados y causados también por ellos mismos. El Comité Electoral actual decidió declarara Nula las elecciones generales del CAL y reprogramar su realización para el sábado 01 de febrero 2020.
Finalmente, estando de por medio, el giro de un proceso constitucional de Amparo, será finalmente el Poder Judicial quien decida sobre los considerandos expuestos por el abogado demandante. Cabe señalar, que la haberse expedido el auto admisorio de Amparo no es equivalente a decir, que se ha resuelto sobre el fondo.
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REPROGRAMACIÓN DE LAS ELECCIONES GENERALES DEL CAL 1 de febrero de 2020
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